Todos hemos sido novatos en algo por primera vez. Cuando un autónomo monta su propia empresa, también es normal que le surjan todo tipo de dudas. Una de las más frecuentes y con la que te podemos ayudar en nuestra asesoría laboral en Barcelona es saber si se puede ser asalariado de su propia empresa.

Para ayudarte, en este artículo te vamos a mostrar lo que significa ser socio y trabajador de la misma empresa y tratar de responder a todas las preguntas que esto supone. Si estás pensando en montar tu propio negocio este artículo te interesa.

Qué significa ser asalariado de tu propia empresa

Ser asalariado dentro de tu propia empresa significa que, además de ser el dueño de la misma o el copropietario, también se tiene una relación laboral con ella. Esto quiere decir que el propio dueño de la empresa también lleva a cabo funciones técnicas o profesionales bajo las órdenes de la propia empresa a cambio de una nómina.

A pesar de que podría parecer lo mismo que un trabajador, con la salvedad de que se trata del dueño de la empresa, a nivel fiscal no es tan sencillo. Esto se debe a que no basta con tan solo firmar un contrato, para que exista esta relación laboral se deben cumplir dos requisitos: ajenidad y dependencia.

Esto implica que los beneficios y riesgos son siempre de la empresa, no del trabajador y que como trabajador se obedece a un mando superior. El problema reside en que cuando uno es el dueño de la empresa y actúa como trabajador es fácil que estos dos conceptos se diluyan con facilidad, y es en este caso en donde surgen las complicaciones legales.

Socio y trabajador: ¿es compatible?

Es compatible sin problema. A pesar de esta compatibilidad, será la Seguridad Social la que determine en qué régimen cotizarás dependiendo el nivel de control que tengas sobre la sociedad.

El problema en estos casos surge cuando un socio quiere encontrarse dentro del Régimen General, lo que sería para cualquier otro empleado, pero su participación en la empresa es tan alta que la ley le obliga a ser Autónomo Societario.

Diferencia entre socio, administrador y trabajador

Para entender mejor todo esto del socio trabajador sociedad limitada es fundamental distinguir entre estos tres roles.

El socio es el dueño de una parte del capital de la empresa. Este cuenta con el derecho a dividendos, pero no tiene la obligación de trabajar en la empresa.

El administrador es el que representa de forma legal a la sociedad. Como tal, el administrador lleva a cabo labores de gestión y el cargo de administrador y nómina puede ser gratuito o retribuido dependiendo de los estatutos de la empresa.

Finalmente, el trabajador es quien lleva a cabo las tareas operativas diarias bajo un contrato de trabajo.

Puedo ser asalariado si soy socio de una SL

Para saber si puedo cobrar nómina de mi empresa siendo socio de una SL debes tener claro tu porcentaje de participación dentro de la sociedad y el control efectivo que ejerces sobre la misma.

Los socios minoritarios, es decir, aquellos que no cuentan con control sí que pueden tener una nómina socio empresa y ser asalariados. En el caso de los socios mayoritarios, los que tienen más poder sobre la empresa, lo más normal es que no puedan contar con un contrato laboral ordinario.

En esencia, la clave no se encuentra dentro del control de la empresa sino en el control efectivo de la sociedad.

Puedo ser asalariado si soy administrador de la empresa

Este es el punto más complicado. Si eres administrador y cuentas con el control de la empresa, no puedes ser asalariado dentro del Régimen General. La Seguridad Social te va a obligar a cotizar como socio autónomo societario.

En el caso de que seas administrador, pero tu control sobre la SL no sea efectivo, por ejemplo, cuentas con menos de 5% de las acciones de la empresa, puedes contar con nómina y estarás dentro del Régimen General Asimilado.

Este último aspecto es muy importante ya que vas a cotizar como un trabajador normal, pero no tendrás derecho al paro. Esto se debe a que la ley entiende que el cargo de administrador es completamente incompatible con la protección por desempleo.

Cuándo un socio puede estar en régimen general

Si quieres estar como asalariado público, con derecho a paro y a todas las coberturas que eso supone, siendo socio de la empresa, debes cumplir las siguientes condiciones:

Debes contar con menos de un 33% del capital de la empresa. Hay que señalar también que tu familia conviviente no sume el 50%, que esto es un error bastante habitual.

Otra condición es que no puedes ejercer funciones de administración ni de gerencia.

Finalmente, tendrás que llevar a cabo tareas que no tengan nada que ver con la dirección de la empresa. Por poner un ejemplo sencillo, podrás ser socio al 10% de la empresa, pero trabajar como programador bajo las órdenes de un director.

Puedo cobrar nómina de mi propia empresa

Por supuesto que sí y, además, es lo más recomendable para que puedas justificar ante Hacienda que el dinero que sacas de tu sociedad se debe a tu trabajo y no a los dividendos de la misma.

Para que Hacienda pueda aceptar esta nómina como gasto deducible para la empresa también se tienen que dar una serie de condiciones.

Lo primero es que las funciones del trabajador se diferencien bien de las del administrador. El suelo debe ser a valor de mercado. Esto quiere decir que no te puedes poner un sueldo de 20.000€ si un empleado similar cobraría dentro de la empresa 2.000€. Finalmente, y como es obvio, debe de haber un contrato laboral que sea real y efectivo.

Cómo debe ser el contrato laboral de un socio

A la hora de hacer un contrato laboral socio empresa no se puede llevar a cabo cualquier contrato genérico. Para contratar a un socio se debe especificar claramente en el contrato qué funciones técnicas realiza dentro de la empresa.

En el caso de que el socio también sea administrador de la empresa se debe aplicar la “teoría del vínculo”. Esto se debe a que la jurisprudencia en España tiende a pensar que el cargo de administrador absorbe al del trabajador, por lo que es muy importante que los estatutos dentro de la empresa especifiquen si el cargo de administrador está retribuido o no como hemos visto antes.

De esta forma podremos evitar que Hacienda nos rechace que la nómina la podamos deducir en la empresa.

Cotización a la Seguridad Social del socio trabajador

En el caso de que se trate de un autónomo societario la cuota es fija. Esto es igual que en la última reforma que se ha llevado a cabo sobre las cuotas de autónomos, es decir, esta cuota dependerá de los ingresos reales de la persona. La empresa puede pagar la cuota, pero esta tendrá que incluirse dentro de la nómina del socio como si fuera una retribución en especie.

En cuanto al régimen general se refiere, la empresa será la que se encargue de pagar los seguros sociales mensualmente. Para ello se basará en la cotización de la misma forma que hace con cualquier otro empleado.

Ventajas e inconvenientes de ser asalariado de tu empresa

Ser asalariado de tu empresa tiene unas cuantas ventajas, pero también algunos inconvenientes que hay que tener en cuenta.

Una de las ventajas ser asalariado de tu empresa más evidentes es la deducibilidad. Al tratarse el sueldo de un gasto para la empresa se reduce con ello el Impuesto de Sociedades. Además, para el trabajador tiene la ventaja de que se encontrará dentro del Régimen General, lo que le otorga protección social socio trabajador como el acceso a las prestaciones por desempleo.

En cuanto a los inconvenientes ser asalariado de tu empresa son la rigidez que supone el cumplir con todas las obligaciones y, por supuesto, que se encuentre todo en orden ya que Hacienda vigila mucho los sueldos de los socios para que no se puedan evadir beneficios con ellos.

Errores habituales al contratar a socios

Uno de los errores más habituales que debes evitar al contratar socios es cotizar donde no toca. Hay que evitar que eso ocurra para no pasar autónomos y perder todas las cotizaciones anteriores al paro.

También hay que tener en cuenta y mucho cuidado con los sueldos incoherentes. No es buena idea ponerse una nómina mínima para pagar menos IRPF o máxima para vaciar la caja de la empresa.

Finalmente, no actualizar los estatutos. La remuneración siempre debe estar clara en los estatutos sociales. Cualquiera de estos errores puede acabar provocando una sanción fiscal para la empresa.

Importancia del asesoramiento profesional

Como puedes ver, la frontera que existe entre el asalariado dentro de la propia empresa y un autónomo es bastante fina, por lo que es muy importante contar con un asesoramiento profesional adecuado para evitar cualquier sanción.

Con un buen asesoramiento profesional de tu lado tendrás la certeza de realizar el encuadre correcto dentro de la Seguridad Social y, además, tendrás ayuda en la redacción de los estatutos sociales para proteger la deducibilidad de tu sueldo.

Una asesoría como la nuestra te ayudará a cumplir con todas las tablas salariales de los convenios colectivos y, además, le gestionar las nóminas y retenciones de IRPF sin que exista ningún error. Acabar con todos estos errores es fundamental en el caso de las inspecciones de trabajo.